Investigación Documental y de Campo
Informe Final
Evasión del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto sobre la renta
Raymundo Alejandro Rojas Ramos
Informe Final
Evasión del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto sobre la renta
Raymundo Alejandro Rojas Ramos
Introducción
Una de las principales formas en que el Estado puede allegarse de recursos es mediante la recaudación fiscal, a través del cobro de impuestos. Mediante estos recursos es como se financia el gasto público de un país, por lo que la ausencia de estos impide que el Estado pueda cumplir con sus funciones básicas, esta falta de ingresos se deriva principalmente de la evasión fiscal.
Por su parte, en México la autoridad fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), define a la evasión fiscal como toda acción u omisión parcial o total, tendiente a eludir, reducir o retardar el cumplimiento de la obligación tributaria.
Una de las principales formas en que el Estado puede allegarse de recursos es mediante la recaudación fiscal, a través del cobro de impuestos. Mediante estos recursos es como se financia el gasto público de un país, por lo que la ausencia de estos impide que el Estado pueda cumplir con sus funciones básicas, esta falta de ingresos se deriva principalmente de la evasión fiscal.
Por su parte, en México la autoridad fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), define a la evasión fiscal como toda acción u omisión parcial o total, tendiente a eludir, reducir o retardar el cumplimiento de la obligación tributaria.
Por tanto, cuando se hace referencia a
la defraudación fiscal se entiende toda actividad tendiente a pagar una
cantidad menor de impuestos de manera ilícita, a través de acciones tales como
ocultar ingresos, incrementar indebidamente las partidas deducibles o
implementar esquemas carentes de una razón justificada de negocios, entre
otras. La evasión fiscal implica la comisión de un delito y, por ende, la
violación de una o varias leyes, al infringirse de manera voluntaria, con dolo
y mala fe el adecuado cumplimiento de las disposiciones fiscales.
En este sentido, el SAT en conjunto con
diversas universidades del país, realiza de forma periódica estudios de
carácter tributario como este, encaminados al análisis de la evasión fiscal que
tengan como resultado dar propuestas de solución a este fenómeno.
La propuesta metodológica utilizada para este estudio se basa en el Método del Potencial Teórico, el cual estima la tasa de evasión a partir de la información global que se tiene en el SCN, a diferencia de propuestas desarrolladas en estudios previos, incorpora estimaciones basadas en información estadística disponible, evitando establecer supuestos de comportamientos similares a partir de estimaciones para un solo año.
La propuesta metodológica utilizada para este estudio se basa en el Método del Potencial Teórico, el cual estima la tasa de evasión a partir de la información global que se tiene en el SCN, a diferencia de propuestas desarrolladas en estudios previos, incorpora estimaciones basadas en información estadística disponible, evitando establecer supuestos de comportamientos similares a partir de estimaciones para un solo año.
Revisión del Marco Legal
Impuesto Sobre la Renta
La revisión del marco legal permite conocer las disposiciones fiscales, así como los cambios más relevantes aplicables en materia del ISR vigentes durante los años comprendidos en el presente estudio (2004-2015). Es importante tomar en cuenta que a partir de 2014 entró en vigor una nueva Ley del ISR, a través de la cual se presentaron diversas modificaciones de gran importancia tendientes a incrementar la recaudación fiscal de este gravamen, destacando las siguientes:
Impuesto Sobre la Renta
La revisión del marco legal permite conocer las disposiciones fiscales, así como los cambios más relevantes aplicables en materia del ISR vigentes durante los años comprendidos en el presente estudio (2004-2015). Es importante tomar en cuenta que a partir de 2014 entró en vigor una nueva Ley del ISR, a través de la cual se presentaron diversas modificaciones de gran importancia tendientes a incrementar la recaudación fiscal de este gravamen, destacando las siguientes:
Desaparecen los regímenes de
consolidación fiscal y simplificado que eran aplicables para las personas
morales. En su lugar se incorporó un nuevo régimen opcional para grupos de
sociedades, así como el de los coordinados (transportistas) y el de actividades
agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, respectivamente (Anexo I.1.1).
Desaparece el régimen intermedio y de pequeños contribuyentes para las personas físicas que realizan actividades empresariales, aunado a esto se crea un nuevo régimen de incorporación fiscal para este tipo de contribuyentes (Anexo I.1.2).
Se elimina la deducción inmediata de inversiones en activos fijos (Anexo I.1.1).
Se modifican diversas disposiciones en el monto máximo de deducciones autorizadas, tales como los consumos en restaurantes, el arrendamiento e inversión de automóviles, así como las aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones y las prestaciones que son ingresos exentos para los trabajadores; también se limitan las deducciones personales de las personas físicas (Anexo I.1.1).
Desaparece el régimen intermedio y de pequeños contribuyentes para las personas físicas que realizan actividades empresariales, aunado a esto se crea un nuevo régimen de incorporación fiscal para este tipo de contribuyentes (Anexo I.1.2).
Se elimina la deducción inmediata de inversiones en activos fijos (Anexo I.1.1).
Se modifican diversas disposiciones en el monto máximo de deducciones autorizadas, tales como los consumos en restaurantes, el arrendamiento e inversión de automóviles, así como las aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones y las prestaciones que son ingresos exentos para los trabajadores; también se limitan las deducciones personales de las personas físicas (Anexo I.1.1).
Las tarifas del impuesto para las
personas físicas se incrementan en tres estratos para incorporar las tasas de
32%, 34% y 35% (Anexo I.1.2).
Se establece un impuesto adicional sobre dividendos aplicable para las personas físicas residentes en México y los residentes en el extranjero en general (Anexo I.1.2).
Se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), sin que en su lugar se establezca un nuevo gravamen alterno similar.
Se establece un impuesto adicional sobre dividendos aplicable para las personas físicas residentes en México y los residentes en el extranjero en general (Anexo I.1.2).
Se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), sin que en su lugar se establezca un nuevo gravamen alterno similar.
En
el Anexo I del presente estudio se muestra con detalle el marco legal aplicable
en materia del ISR para las personas morales, así como para las personas
físicas que perciben ingresos por la prestación de servicios personales
subordinados, por actividades empresariales y profesionales, y por el
arrendamiento o uso o goce temporal de bienes inmuebles.
Impuesto al Valor Agregado
El IVA es un gravamen al consumo, es decir, se va trasladando durante las diferentes etapas del proceso económico hasta llegar al consumidor final, quien lo cubre de manera definitiva.
Están obligados al pago del impuesto las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:
Enajenación de bienes.
Prestación de servicios independientes.
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
Importación de bienes o servicios
Impuesto al Valor Agregado
El IVA es un gravamen al consumo, es decir, se va trasladando durante las diferentes etapas del proceso económico hasta llegar al consumidor final, quien lo cubre de manera definitiva.
Están obligados al pago del impuesto las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:
Enajenación de bienes.
Prestación de servicios independientes.
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
Importación de bienes o servicios
Metodología
El objetivo del presente estudio es estimar de forma global la evasión fiscal por concepto de IVA e ISR para el periodo 2004-2015. Para ello, se utilizó la metodología del potencial teórico propuesta por el FMI10, así como la CEPAL, y que además se ha utilizado en estudios previos para México (Hernández et al., 2004; Samaniego et al., 2006; Fuentes et al., 2010 y 2013). Este método consiste en estimar, a partir de datos de cuentas nacionales, el total de recaudación que se podría obtener por este concepto (recaudación potencial) y contrastarlo con el realmente recaudado.
El objetivo del presente estudio es estimar de forma global la evasión fiscal por concepto de IVA e ISR para el periodo 2004-2015. Para ello, se utilizó la metodología del potencial teórico propuesta por el FMI10, así como la CEPAL, y que además se ha utilizado en estudios previos para México (Hernández et al., 2004; Samaniego et al., 2006; Fuentes et al., 2010 y 2013). Este método consiste en estimar, a partir de datos de cuentas nacionales, el total de recaudación que se podría obtener por este concepto (recaudación potencial) y contrastarlo con el realmente recaudado.
Estimación de la
Evasión Fiscal por concepto de IVA.
La estimación del IVA potencial11 se basa en información proveniente del Sistema de Cuentas Nacionales, la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, Censos Económicos y la Encuesta Mensual de la Industria Manufacturera. En términos generales para estimar el potencial del impuesto, se considera la demanda final a precios de comprador12, excluyendo los bienes y servicios que tienen tratamientos especiales, tienen tasa 0%, son exentos y la tasa general en la zona fronteriza. A partir de aquí obtenemos el IVA potencial, el cual se compara con el IVA recaudado.
La estimación del IVA potencial11 se basa en información proveniente del Sistema de Cuentas Nacionales, la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, Censos Económicos y la Encuesta Mensual de la Industria Manufacturera. En términos generales para estimar el potencial del impuesto, se considera la demanda final a precios de comprador12, excluyendo los bienes y servicios que tienen tratamientos especiales, tienen tasa 0%, son exentos y la tasa general en la zona fronteriza. A partir de aquí obtenemos el IVA potencial, el cual se compara con el IVA recaudado.
CUESTIONARIO SOBRE CONCIENCIA FISCAL
JUSTIFICACIÓN
El objetivo de esta encuesta es recabar datos
acerca de la conciencia fiscal de los mexicanos, así como poner en relación
ésta con otras variables relacionadas, tales como la justicia de la prestación
tributaria, el fraude fiscal, el sistema tributario, variables demográficas y
otros aspectos (ética, valores, solidaridad, etc.).
Partimos de una concepción de la conciencia
fiscal desde el enfoque de la psicosociología, entendiéndola como la percepción
y la valoración que las personas (los contribuyentes) tienen acerca del sistema
fiscal. Esta concepción incluye, además, el análisis de los sentimientos del
contribuyente acerca de la legitimidad del fisco.
Con este propósito, se han elaborado una
serie de preguntas que tratan de revelar las opiniones y valoraciones de los
contribuyentes acerca de estos conceptos:
1. Justicia de la
prestación tributaria
2. Variables
demográficas
3. El sistema
tributario
4. La conciencia fiscal
5. Otros (solidaridad,
ética, valores, ...)
Identificación de las preguntas con los conceptos objeto de estudio:
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Concepto
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Preguntas
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|
1.
Justicia de la prestación tributaria
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1, 3, 12
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2.
Variables demográficas
|
14, 15, 16, 17, 18
|
|
3.
El sistema tributario
|
4, 5
|
|
4.
La conciencia fiscal
|
2, 6, 7, 8, 9, 10
|
|
5.
Otros (solidaridad, ética, valores, ...)
|
11, 12, 13
|
CUESTIONARIO SOBRE CONCIENCIA FISCAL
1. ¿En qué grado
considera Ud. que el sistema fiscal actual es justo?
|
Muy injusto
1
|
Injusto
2
|
Regular
3
|
Justo
4
|
Muy justo
5
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2. En su opinión, debemos pagar los impuestos porque (marque sólo una
opción):
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(a) Es una forma solidaria de redistribuir la riqueza
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(b) Todos tenemos que contribuir a sufragar el gasto público
|
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|
(c) La ley nos obliga a pagar
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|
3. ¿En qué grado
estaría Ud. dispuesto a pagar más impuestos para mejorar la calidad en la
actuación de los siguientes servicios públicos? (1: Nada dispuesto, ..., 5: Muy
dispuesto)
|
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1
|
2
|
3
|
4
|
5
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(a) La Sanidad (hospitales, centros de salud, ...)
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(b) La Educación (colegios, universidad, ...)
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(c) Los Servicios Sociales (3ª edad, guarderías, ...)
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(d) Las Infraestructuras (autovías, puertos, ...)
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(e) Las Pensiones (jubilación, incapacidad, ...)
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(f) La Seguridad (seguridad ciudadana, seguridad vial, ...)
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(g) La Defensa (defensa territorial, ayuda en catástrofes, ...)
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(h) La Justicia (juzgados, asistencia jurídica, ...)
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|
(i) El Medio Ambiente (basuras, saneamiento agua, ...)
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4. ¿Sabría Ud. indicar, por favor, cuál de las tres administraciones
(estatal, autonómica o local) se ocupa de cada uno de los siguientes servicios
públicos?
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Estatal
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Autonómica
|
Local
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(a) Hospitales
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(b) Parques y jardines
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(c) Defensa
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(d) Limpieza viaria
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|
(e) Universidades
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|
|
(f) Centros penitenciarios
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5. Indique, por favor, su grado de satisfacción con los servicios que
presta cada Administración. (1: Nada satisfecho..., 5: Muy satisfecho).
|
Administración
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1
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2
|
3
|
4
|
5
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|
Local
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|
Autonómica
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|
|
Estatal
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6. En su opinión, el fraude fiscal está justificado porque (Marque sólo
una opción):
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(a) Lo que se paga al Estado es excesivo
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(b) A veces hay que trampear un poco para salir adelante
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(c) Los que más tienen no pagan lo que les corresponde
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|
(d) El control del fraude no es eficaz
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|
(e) Hacerlo no perjudica a nadie
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|
(f) El fraude fiscal no es justificable bajo ningún concepto
|
|
6.
¿En su opinión, a cuál de las
siguientes administraciones es más fácil defraudar?
|
Estatal
|
Autonómica
|
Local
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|
|
8.
¿Está Ud. a favor de la supresión del impuesto de
sucesiones y donaciones?
|
|
Sí
|
|
No
|
9. ¿A quién cree Ud. que beneficiaría más esa supresión?
|
|
A los que más tienen
|
|
|
A los que menos tienen
|
|
|
A todos
|
10. En su opinión, ¿cuál de estas dos conductas sería más reprobable?
|
Que alguien deje de ingresar 6.000 € a la Hacienda Pública o que a
Ud. le roben 100 €
|
|
La primera opción
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|
|
La segunda opción
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11. Acerca de la situación actual de los inmigrantes, en su opinión ¿es
bueno que paguen tributos? (Marque sólo una opción)
|
(a) Sí, como cualquier ciudadano
|
|
|
(b) Sí, porque mejorará su situación
|
|
|
(c) No, porque no beneficia a los españoles
|
|
12. Por favor, haga una valoración de su grado de confianza en las
diferentes Administraciones:
|
Administración
|
Nada
1
|
Poco
2
|
Regular
3
|
Bastante
4
|
Mucho
5
|
|
Local
|
|
|
|
|
|
|
Autonómica
|
|
|
|
|
|
|
Estatal
|
|
|
|
|
|
13. En general, ¿en qué grado se considera Ud. una persona consciente y
responsable?
|
Muy irresponsable
1
|
Irresponsable
2
|
Regular
3
|
Responsable
4
|
Muy responsable
5
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DATOS PERSONALES
14. Edad (años): _______
15. Género:
|
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Varón
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|
Mujer
|
16. Nivel de estudios:
|
Estudios primarios
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Estudios secundarios / FP
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|
Estudios universitarios
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17. Situación laboral:
|
Trabajador por cuenta propia
|
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Con asalariados
|
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|
Sin asalariados
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Trabajador por cuenta ajena
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|
Sector público
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Sector privado
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Jubilado / Retirado
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Perceptor de otro tipo de renta
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18. ¿Cuáles son sus ingresos netos mensuales? __________
MUCHAS GRACIAS POR SU COLABORACIÓN
La gráfica 2 muestra la tasa de evasión
del IVA con respecto a lo que representa del PIB. Como se puede observar, la
tasa de evasión muestra una ligera tendencia a la baja a partir de 2011, no
obstante, a partir de 2014 la tasa ha disminuido drásticamente. La metodología
en el presente estudio captura el impacto de la crisis sobre la evasión. Es
importante mencionar que la tasa de evasión presenta una correlación positiva
con respecto al PIB, lo cual pudiera explicarse debido a que, en periodos de
recesión o recuperación económica, el consumo (incluyendo los impuestos
respectivos) se ve impactado directamente por estos fenómenos.
Estimación de la tasa de evasión de ISR
Total La siguiente gráfica muestra las tasas de evasión para cada uno de los
ingresos antes mencionados. A partir de ellos se calculó una tasa total de
evasión para el ISR, la cual se incluye también en dicha gráfica.
Conclusiones
y Recomendaciones
Los impuestos analizados en el presente
estudio representan en el período de análisis alrededor del 80% del total de
ingresos tributarios que se obtuvieron en el país, observando siempre un mayor
peso los impuestos recaudados por concepto de ISR en comparación a lo recaudado
por IVA como se muestra en la gráfica 4; es por ello que el análisis de la
evasión de dichos impuestos fue de vital importancia para los cambios enunciados
con la Reforma de 2014.
Gráfica
4. Recaudación por tipo de impuesto con respecto al Total de Ingresos
Tributarios (Participación porcentual)
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